1 de Septiembre de 2010 / Tópico:
Problemas en la aplicación de la ley antiterrorista
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  1. Problemas en la tipificación del delito: los tipos penales de la ley antiterrorista son demasiado amplios, pasando a llevar una de las garantías más elementales del Estado de Derecho, esto es, el principio de legalidad. Sólo se requiere “Que el delito se cometa con la finalidad de producir en la población o en una parte de ella el temor justificado de ser víctima de delitos de la misma especie” o “que el delito sea cometido para arrancar resoluciones de la autoridad o imponerle exigencias”. El principio de legalidad exige que las conductas que sean penadas por la ley estén determinadas de forma pormenorizada en el tipo penal, para que así todos podamos conocer cuáles son las conductas por las que podrían procesarnos o condenarnos. Esta definición tan vaga de la conducta afecta a la seguridad jurídica a la que todos tenemos derecho. Además, se tipifica como conducta terrorista, el delito de incendio lo que no se condice con la naturaleza especialmente grave que debe tener el terrorismo de acuerdo a los tratados internacionales suscritos por Chile, en especial la Convención Interamericana Contra el Terrorismo que se refiere las conductas terroristas como graves violaciones contra las personas. A.P. Schmid, destacado experto en el tema sostuvo en informe a la Oficina contra la Droga y el Delito de las Naciones Unidas en 1992 que “El terrorismo es el equivalente de un crimen de guerra en tiempo de paz”. ¿Podría considerarse la toma de un predio agrícola o la quema de algunas hectáreas de terreno como un crimen de guerra? Esto es reafirmado además por el informe de Human Rights Watch de 2004 que señala que “las acciones de los mapuche no han cobrado ni una sola vida” y que por lo general los activistas corresponden a agricultores pobres del sector y jóvenes estudiantes universitarios mapuche que estudian en las urbes y luego vuelven para apoyar las demandas de su pueblo, quienes no cuentan por lo general con armamento, salvo un par de escopetas, piedras y boleadoras.
  2. Restricciones al derecho al debido proceso, en especial el derecho de defensa del imputado y la presunción de inocencia: El derecho al debido proceso es un derecho fundamental reconocido por nuestra Constitución Política y diversos Tratados Internacionales. La ley antiterrorista socava gravemente dicho derecho de varias formas, pues establece varias prerrogativas adicionales para el aparato persecutor del Estado en aras a una mayor “efectividad”. En primer lugar, las policías pueden mantener detenido a un sospechoso antes de ponerlo a disposición de un Juez de Garantía por 10 días, lo cual establece una diferencia de una semana en comparación a un delincuente común quien tiene el derecho a ser puesto a disposición de la Justicia de inmediato y hasta tres días en casos fundados. En segundo lugar, la investigación de este tipo de delitos es secreta, no pudiendo la defensa acceder a varias piezas de ésta durante su realización, lo que se contrapone con el derecho establecido en el Código Procesal Penal para el resto de los imputados quienes siempre pueden, salvo casos fundados, acceder al expediente del Ministerio Público para conocer su contenido y preparar su defensa. En efecto, los defensores en causas de imputados indígenas se quejan de esto, pues no les permite estructurar una defensa adecuada frente a las pruebas que el Ministerio Público recaba. En tercer lugar, se establece una figura que se ha denominado comúnmente como los testigos “sin rostro”. En las causas llevadas bajo la ley antiterrorista, no puede conocerse la identidad del testigo para resguardar su seguridad. Así, en los juicios orales éstos declaran tras un biombo y muchas veces con micrófonos que distorsionan sus voces. El debido proceso no sólo permite que uno aporte prueba de descargo, sino que también es necesario que se pueda criticar o dudar sobre la credibilidad de la prueba de cargo. En palabras simples, si yo no conozco la identidad del testigo, difícilmente puedo dudar de su credibilidad, pues puede tratarse de una persona que no haya estado en el lugar de los hechos, que tenga una manifiesta enemistad con el imputado, que tenga una relación estrecha con la víctima del delito o peor, se permite que el testigo mienta impunemente al tener su identidad escondida, no pudiendo la defensa acusarlo eventualmente del delito de falso testimonio. El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Convención Americana sobre Derechos Humanos, ambos tratado suscritos por Chile, contemplan el derecho de los acusados a interrogar a los testigos en las mismas condiciones que la acusación. En cuarto lugar, se viola el principio de inocencia, pues se ha vuelto como regla general la aplicación en estos casos de la prisión preventiva. Nuestra Constitución reconoce dos derechos fundamentales relacionados, la presunción de inocencia y la garantía de libertad. De acuerdo a estos dos principios uno no puede ser privado de libertad hasta que exista una sentencia condenatoria de por medio, obtenida en un proceso legalmente tramitado por lo que la prisión preventiva debería ser una excepción y siempre en casos extremadamente calificados. Este problema en conjunto con las prerrogativas del Ministerio Público para realizar la investigación en largos periodos de tiempo deriva en que muchos de los procesados por estos delitos pasen mucho tiempo privados de libertad, sin que se les haga justicia, compartiendo encierro con delincuentes de mayor connotación y peligrosidad tales como homicidas, violadores, narcotraficantes, entre otros.
  3. Penas más gravosas: La ley antiterrorista obliga al Juez a aplicar una pena en 2 grados mayor a la que hubiese resultado en caso de que se hubiese calificado el delito como común. Entonces ocurre el absurdo de tener penas extremadamente gravosas para personas que han participado en este tipo de sucesos. En efecto, se aplicaron en el caso del incendio del fundo de la forestal Mininco penas de 10 años y 1 día e indemnización de $425 millones a favor de la forestal por el incendio de 108 hectáreas de bosque lo que parece absolutamente desproporcionado. Las penas por ejemplo del homicidio simple son mucho más benignas y no hay que ser un gran jurista para notar que existe aquí un problema de criterio en cuanto a los bienes jurídicos tutelados. Por otra parte, los que han sido condenados no tienen la posibilidad del indulto, salvo a conmutar la pena de muerte por la de presidio perpetuo calificado. Además existen varias penas accesorias en caso de delitos terroristas tales como la pérdida del derecho a voto, la prohibición de ejercer cargos de representación popular, e incluso se pierde la ciudadanía la que sólo puede ser repuesta por ley y con un quórum calificado, entre otras.


1 de Septiembre de 2010 / Tópico:
Orígenes de la Ley Antiterrorista
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La ley antiterrorista fue promulgada durante la Dictadura Militar, en el año 1984, como una herramienta para perseguir y desintegrar a los grupos armados (y no armados también) de izquierda que en esa época constituían una amenaza para el Gobierno. En ella se tipifican varios delitos relacionados con el terrorismo, imponiéndole penas muchos más gravosas que a los delitos comunes, e impone ciertas normas especiales de procedimiento que dan mayores prerrogativas al Estado en la persecución penal y adelgazan el derecho de defensa.

Con la llegada de la democracia, la ley no fue derogada, sino que fue modificada en varios aspectos, redefiniendo ciertos conceptos e introduciendo el delito de incendio a la categoría de “delitos terroristas”, además de ajustarse ciertas normas de carácter procesal. Finalmente, en el 2002 fue nuevamente reformada para adecuarla a la nueva realidad que imponía el Código Procesal Penal, ajustando sus normas al nuevo procedimiento que se iba a poner en marcha en todo el país, especialmente en la Región de la Araucanía, la cual iba a ser una de las regiones “piloto” en las que se iba a probar su eficacia y funcionamiento.

Debido a la poca precisión de los tipos penales que contiene la ley antiterrorista, comenzó a utilizarse como una herramienta útil para sofocar y perseguir a los grupos de comuneros mapuche que, en reivindicación de sus derechos, comenzaron a realizar actos de protesta, algunas veces violentas, en fundos que colindaban con sus viviendas. Un caso emblemático es el de Mireya Figueroa, quien, en 2001, fue acusada junto a otros 10 comuneros de haber iniciado diversos focos de incendio en predios de la forestal Mininco. Cinco de ellos fueron condenados a penas de 10 años y 1 día de presidio y al pago de $425 millones a la empresa afectada. Otro caso importante es el de los lonkos Pascual Pichún y Aniceto Norin, quienes fueron condenados a 5 años y 1 día de presidio por el delito de amenaza de incendio terrorista.



1 de Septiembre de 2010 / Tópico:
Caso de Mireya Figueroa
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Un caso emblemático es el de Mireya Figueroa, quien, en 2001, fue acusada junto a otros 10 comuneros de haber iniciado diversos focos de incendio en predios de la forestal Mininco. Cinco de ellos fueron condenados a penas de 10 años y 1 día de presidio y al pago de $425 millones a la empresa afectada. Otro caso importante es el de los lonkos Pascual Pichún y Aniceto Norin, quienes fueron condenados a 5 años y 1 día de presidio por el delito de amenaza de incendio terrorista.



1 de Septiembre de 2010 / Tópico:
Atención alumnos de Postgrado UC
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CHARLA INFORMATIVA BECAS A HONG KONG

Lugar: sala A3 (campus San Joaquín, Ingeniería)

Fecha: martes 7 de septiembre, 2010

Hora: 13:30 hrs.

Fundada en 2009 por RGC, el Doctorado de Régimen de Becas de Hong Kong tiene por objetivo captar y dar la oportunidad a los mejores y más brillantes estudiantes del mundo a proseguir su doctorado en las instituciones de educación superior de Hong Kong.

RGC se compromete a otorgar 135 becas de doctorado durante cada año académico.

La beca tendría un periodo de tres años, donde el alumno percibiría anualmente:

-          Un estipendio mensual de HK $ 20.000 (aprox. 2.600 dólares de los EE.UU.)

-          Una asignación de viajes, relacionada con la investigación, de HK $ 10.000 (aprox. 1.300 dólares de los EE.UU.)

Este proyecto forma parte del proyecto e iniciativa de internacionalización por parte del Gobierno de Hong Kong.

Requisitos de Admisión http://www.ugc.edu.hk/eng/rgc/hkphd/hkphd.htm

Detalles de los Programas de Doctorado http://www.grad.edu.hk/grad/Información sobre los estudios en Hong Kong http://studyinhongkong.edu.hk/eng/index.jsp

Pueden confirmar tu participación al email: vpimente@uc.cl



31 de Agosto de 2010 / Tópico:
Plan de Desarrollo UC
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Durante la segunda semana de agosto, se realizó la tradicional Jornada de Marbella del Consejo Superior.

En el siguiente link podrás ver la Presentación hecha por el Rector.

Además agregamos:

- Pese que entre los planteamientos sobre el Comité de Búsqueda del Rector, no se especificó, sí se dieron a conocer ciertas preocupaciones acerca de la homogeneidad de la Pastoral  y asimetría en los tratos a las distintas unidades académicas.

- Como FEUC tenemos las siguientes conclusiones:

1- Crítica a modelo exitista de la UC

2- Valoramos la sincera preocupación por la mala imagen (elitista, soberbia, alejada de temas país) y la novedad en el dicurso.

3- Exigir compromiso en las Facultades y carreras.

Las últimas diapositivas fueron agregadas por la FEUC a modo de resumen, no son del PPT original. Próximamente tendremos los resúmenes oficiales de cada comisión y un “Pre-Plan” de Desarrollo.



24 de Julio de 2010 / Tópico:
Pase escolar provisorio
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Dirigentes universitarios que conforman la Confederación de Estudiantes de Chile, Confech, se reunieron con autoridades de la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas, Junaeb, para tratar diversos temas que afectan a los alumnos de educación superior.

Uno de los puntos abordados fue las Becas de Alimentación (Baes), donde los líderes estudiantiles plantearon la necesidad de aumentar el valor del beneficio y extenderlo durante todo el mes, incluyendo los fines de semana. Además, ampliar la beca a los tres primeros quintiles y poder optar a ésta si es que un alumno presentaba un cambio en su situación socioeconómica durante el transcurso de su carrera.

Frente a esta petición, los representantes de la Junaeb sostuvieron que analizarán la propuesta y podrán dar una respuesta durante el mes de septiembre.

TNE y Pase provisorio

Sobre la TNE, la Junaeb se comprometió a revisar validación de la tarjeta de regiones en Santiago, incluyendo la posibilidad de realizar el trámite en todas las regiones del país.

En relación al pase transitorio se logró revertir su desaparición, por lo que la medida se mantendrá, pero con una fecha de vencimiento para evitar su mal uso.

fuente: universia.cl



27 de Junio de 2010 / Tópico:
Carta Presidente FEUC: Por una nueva Reforma a la Ed. Superior
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Durante varios meses como FEUC hemos trabajado en torno una Nueva Reforma a la Educación Superior.
Diversas reuniones con autoridades, columnas en el Mosaico, la movilización en Mayo, la jornada de reflexión abierta en torno al tema, y otras actividades, son parte de las iniciativas que hemos hecho para la construcción de una propuesta seria y contundente de Reforma que pueda ser presentada a las autoridades de nuestro país y Universidad.
De a poco el tema ha ido calando, y la necesidad de este proceso se ha hecho más inminente. Durante la última semana, en diversos medios, los actores relevantes de la ES (miembros del CRUCH, Jefe Div. Educacion Superior, Ministro de Educación, etc) han entregado más información de lo que será una eventual Reforma a la Educación Superior.
Como FEUC – y CONFECH – no podemos quedarnos fuera de la discusión. Por eso, en el marco de un trabajo reflexivo, de estudio y de sociabilización del tema, te invitamos a leer la siguiente carta enviada por nuestro Presidente de Federación al diario “La Tercera”: CLICK AQUI!

Aquí está el documento del 2009, el cuál será complementado con los acuerdos de este año que los puedes leer acá.



7 de Junio de 2010 / Tópico:
La Nación: Alumnos de la Universidad Católica lanzan Consejo Ecológico
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“Con el propósito de coordinar y potenciar la labor de las organizaciones de carácter ambiental que existen en la Pontificia Universidad Católica (PUC), sus alumnos crearon el Consejo Ecológico UC (CEUC), que apunta a convertir a la PUC en un modelo a escala global de buenas prácticas e innovación en sustentabilidad

CEUC nació como una inquietud por generar una instancia de participación en temas medioambientales y para institucionalizar las demandas de los distintos grupos ecológicos existentes en la PUC.”

Fuente: La Nación
Sitio Web CEUC



27 de Mayo de 2010 / Tópico:
Fotocopias Gratis San Joaquín
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NO se olviden: Todavía pueden fotocopiar gratis gracias a backmedia. Retiren sus tarjetas en la oficina FEUC de San Joaquín.

Todo sube, asi que AHORRA ahora a través de http://www.backmedia.cl/

Ojo: No te dejan fotocopiar libros.



26 de Mayo de 2010 / Tópico:
Propuesta Centro de Desarrollo Docente
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Hasta el 26 de Junio hay plazo para presentar propuestas ante el documento que propone el CDDOC. Para sistematizarlas, acércate a tu Consejero Territorial, Académico, CCEE o a la FEUC.

El documento lo puedes bajar aquí.